Incapacidad permanente por artrosis | Guía completa

La artrosis es una enfermedad degenerativa que puede avanzar de forma silenciosa hasta limitar gravemente la movilidad y la autonomía. Cuando el dolor, la rigidez o la pérdida de función impiden trabajar o realizar actividades básicas, muchas personas se preguntan: ¿me pueden dar una paga por artrosis?

La respuesta es sí, pero no en todos los casos. La incapacidad permanente por artrosis se reconoce cuando los síntomas son tan graves que afectan de forma total o parcial la capacidad laboral, y se cumplen una serie de criterios médicos, legales y administrativos.

En esta guía abordamos de forma clara y práctica qué condiciones deben cumplirse, cómo se valora la artrosis en los procesos de incapacidad y qué tipos de pensión podrían corresponderte.

¿Qué es la incapacidad permanente?

Es una situación reconocida por la Seguridad Social en la que una persona pierde su capacidad de trabajar de forma total o parcial, debido a una enfermedad o accidente. Existen varios grados:

  • Parcial: el trabajador pierde al menos el 33 % de su rendimiento habitual, pero puede seguir trabajando en su profesión.

  • Total: no puede seguir ejerciendo su profesión habitual, pero sí puede dedicarse a otras tareas.

  • Absoluta: no puede realizar ningún tipo de trabajo.

  • Gran invalidez: necesita ayuda para actividades básicas (comer, vestirse, asearse).

La artrosis puede ser causa de cualquiera de estos grados si está suficientemente avanzada y documentada.

¿En qué casos te pueden dar una paga por artrosis?

No basta con tener un diagnóstico. La clave es que la artrosis:

  • Afecte de forma significativa la movilidad o el uso de articulaciones esenciales.

  • Provoque dolor crónico, rigidez o limitación funcional que no mejora con tratamiento.

  • Esté debidamente documentada con pruebas médicas, informes, radiografías o resonancias.

  • Interfiera de forma directa en el desempeño del trabajo habitual.

Ejemplos de casos en los que puede haber derecho a pensión:

  • Artrosis de rodilla o cadera en estadios avanzados, que impide estar de pie mucho tiempo.

  • Artrosis cervical o lumbar con pinzamientos, irradiación del dolor y limitación para cargar peso.

  • Artrosis de manos en profesiones que requieren precisión o fuerza manual.

  • Artrosis múltiple o generalizada con fuerte impacto funcional.

En todos estos casos, si la enfermedad impide ejercer la profesión habitual (y no se puede reubicar en otro puesto), es posible solicitar la incapacidad permanente.

¿Cómo se valora la artrosis en los tribunales médicos?

El equipo de valoración médica del INSS analiza:

  • Grado de limitación funcional: cuánto afecta la artrosis a la movilidad o a los gestos básicos.

  • Resistencia al tratamiento: si no hay mejoría con fisioterapia, medicación o intervenciones.

  • Profesión habitual del solicitante: si requiere esfuerzo físico, estar de pie, cargar peso o usar articulaciones afectadas.

  • Historial clínico completo, incluyendo pruebas, diagnósticos y tratamientos realizados.

  • Edad del paciente, nivel formativo y posibilidad de adaptación a otras tareas.

No es necesario estar completamente inmovilizado, pero sí demostrar que la artrosis impide trabajar con normalidad en tu ocupación.

¿Qué documentación se necesita?

Para iniciar el proceso de solicitud se recomienda reunir:

  • Informes médicos actualizados, de traumatólogos, reumatólogos o rehabilitadores.

  • Radiografías, resonancias u otras pruebas de imagen.

  • Historial de tratamientos (fármacos, infiltraciones, cirugía, fisioterapia).

  • Parte de baja laboral (si se está de baja) y evolución médica.

  • Informes de empresa o mutua sobre limitaciones en el puesto de trabajo.

  • DNI, vida laboral y certificado de cotizaciones.

Cuanto más clara y sólida sea la documentación, más posibilidades hay de que la solicitud sea aprobada.

Tipos de pensión según el grado de incapacidad

Grado de incapacidad

¿Te dan una paga?

Características principales

Incapacidad parcial

Sí, indemnización única

Pago único (24 mensualidades) por reducción del rendimiento.

Incapacidad total

Sí, pensión mensual

55 % del salario base; compatible con otro empleo.

Incapacidad absoluta

Sí, pensión mensual

100 % del salario base; incompatible con trabajar.

Gran invalidez

Sí, pensión + complemento

100 % + ayuda por necesidad de asistencia de otra persona.

Importante: estos porcentajes y condiciones pueden variar según el régimen de cotización y los años trabajados. En algunos casos, también hay complementos o ayudas familiares.

¿Cómo se inicia el trámite para pedir la paga por artrosis?

  1. Acudir al médico de atención primaria o especialista para recopilar toda la documentación.

  2. Solicitar cita en el INSS para tramitar la incapacidad.

  3. Rellenar el formulario oficial de solicitud de incapacidad permanente.

  4. Presentar toda la documentación médica y laboral.

  5. Acudir a la cita con el tribunal médico (EVI), donde se hará una valoración física y funcional.

  6. Esperar la resolución (puede tardar entre 1 y 4 meses).


¿Qué hacer si me deniegan la pensión?

No es raro que las solicitudes por artrosis sean rechazadas en primera instancia, especialmente si no hay informes claros o si el tribunal considera que aún se puede trabajar.

En ese caso:

  • Se puede presentar una reclamación previa en el plazo de 30 días hábiles.

  • Si se vuelve a denegar, existe la opción de acudir a los tribunales, con el apoyo de un abogado.

  • Muchas pensiones se obtienen en vía judicial, con informes periciales sólidos y acompañamiento legal especializado.


¿Puede cobrarse la paga y seguir trabajando?

Depende del grado reconocido:

  • Incapacidad parcial y total: sí, si el nuevo trabajo es compatible.

  • Incapacidad absoluta y gran invalidez: no se puede trabajar, salvo excepciones muy concretas.

Es importante informar al INSS antes de iniciar cualquier actividad, para evitar sanciones o pérdida de la prestación.

La artrosis puede limitar, pero también puede gestionarse con herramientas adecuadas, apoyo profesional y una atención integral que defienda tu bienestar y tus derechos.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Tener artrosis da derecho directo a una pensión?
No. Debe demostrarse que la artrosis genera una incapacidad real y limitante para trabajar.

¿Puedo pedir la paga si tengo artrosis y sigo trabajando?
Sí, si el trabajo se ve afectado y no puedes rendir igual. Debes consultar con tu médico y valorar la baja laboral.

¿Cuánto tiempo dura la pensión por artrosis?
Puede ser revisable cada cierto tiempo (en general cada 2 años), o bien permanente si no hay expectativas de mejora.

¿Qué pasa si tengo varias enfermedades además de artrosis?
Se valoran todas en conjunto. Tener pluripatología (varios diagnósticos) puede reforzar la solicitud.

¿Necesito abogado para solicitar la incapacidad?
 No es obligatorio, pero sí muy recomendable si el caso es complejo o si hay una denegación inicial.

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